Fiscalidad de la rehabilitación energética

Deducciones del IRPF por eficiencia energética: 20%, 40% y 60%

En 2026 siguen existiendo tres deducciones estatales del IRPF por obras de eficiencia energética: 20%, 40% y 60%. Ninguna se concede automáticamente por instalar aerotermia o placas solares. La mejora debe quedar acreditada con certificados energéticos y cumplir las reglas de vivienda, pago, base y plazo.

Respuesta rápida

Los datos que cambian la decisión

La deducción no depende del nombre del equipo instalado. Depende del resultado que acrediten los certificados energéticos, del tipo de vivienda o edificio, de las fechas y de cómo se pagó la obra.

20%

Reducción de demanda

Exige que los certificados acrediten al menos un 7% menos de demanda conjunta de calefacción y refrigeración. La base máxima anual es de 5.000 euros.

40%

Consumo primario o clase

Exige al menos un 30% menos de energía primaria no renovable o alcanzar una clase energética A o B. La base máxima anual es de 7.500 euros.

60%

Rehabilitación del edificio

Se dirige a actuaciones en edificios de uso predominante residencial. La base anual máxima es de 5.000 euros y la acumulada puede llegar a 15.000 euros.

Primera decisión

¿Qué diferencia hay entre las deducciones del 20%, 40% y 60%?

No son tres tramos de una misma ayuda. Cada deducción responde a un resultado energético y a un ámbito distintos.

La deducción del 20% se centra en la demanda de calefacción y refrigeración de una vivienda. La del 40% mira la energía primaria no renovable o la clase energética. La del 60% corresponde a obras de rehabilitación energética que afectan al edificio residencial en los términos previstos por la ley.

El porcentaje más alto no se elige. Hay que identificar qué actuación se hizo, qué inmueble cumple el ámbito y qué resultado aparece en los certificados registrados. Una reforma costosa puede quedar fuera si no demuestra la mejora exigida; una actuación más contenida puede encajar si acredita el umbral correcto.

20%: vivienda concreta

La comparación entre certificados debe mostrar al menos un 7% de reducción en la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración.

40%: consumo o calificación

Se puede cumplir por una reducción mínima del 30% en energía primaria no renovable o porque la vivienda alcance una calificación A o B.

60%: actuación en el edificio

La mejora se acredita para el edificio residencial. No basta con que una persona propietaria cambie un equipo dentro de su vivienda sin encajar en la actuación global exigida.

Fuentes de esta sección: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional quincuagésima (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Deducción por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Deducción por mejora del consumo de energía primaria no renovable (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Deducción por rehabilitación energética de edificios residenciales (se abre en una pestaña nueva)

Tecnología y resultado

¿Instalar aerotermia o placas solares da derecho a deducción?

No por sí solo. La tecnología puede formar parte de una obra que cumpla, pero la factura del equipo no sustituye la acreditación energética.

Una bomba de calor puede reducir energía primaria no renovable si sustituye un sistema menos eficiente y el conjunto queda bien diseñado. Las placas solares pueden cambiar el balance energético del inmueble. Aun así, el dato decisivo no es que la factura diga aerotermia o fotovoltaica, sino la diferencia certificada antes y después de la obra.

El certificado también evita conclusiones rápidas. Dos viviendas con el mismo equipo pueden obtener resultados distintos por clima, envolvente, emisores, regulación, consumo previo y alcance de la reforma. Por eso conviene hablar con quien vaya a certificar antes de cerrar un presupuesto que dependa de la deducción.

Define el escenario anterior

Conserva el certificado previo, las características del sistema sustituido y la fecha real de inicio. Sin una situación anterior válida no hay comparación sólida.

Pide una previsión documentada

El profesional puede estudiar si el proyecto apunta al umbral, pero una estimación comercial no garantiza el resultado del certificado posterior.

Separa mejora y gasto

No todo lo pagado tiene por qué entrar en la base. El alcance, las subvenciones y los conceptos excluidos deben revisarse antes de calcular la deducción.

Fuentes de esta sección: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional quincuagésima (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Normas comunes de las deducciones por eficiencia energética (se abre en una pestaña nueva)

La prueba principal

¿Qué certificados energéticos hacen falta y cuándo?

La ley compara un certificado anterior con otro posterior a las obras. Ambos deben seguir el procedimiento oficial y el posterior tiene que emitirse dentro del plazo aplicable.

El certificado previo puede haberse emitido hasta dos años antes del inicio de las obras. No conviene apurar ese margen sin comprobar fechas: pedido, señal, comienzo material, factura y certificado pueden contar historias distintas si la carpeta no se preparó desde el principio.

El certificado posterior es el que acredita el resultado y determina el periodo fiscal de aplicación. Debe expedirse y registrarse conforme al Real Decreto 390/2021. Guarda el archivo, el justificante de registro y los datos utilizados, no solo una captura de la etiqueta energética.

Antes de la obra

Comprueba que el certificado previo sigue dentro del límite temporal y representa realmente el inmueble y las instalaciones existentes.

Durante el proyecto

Documenta cambios de equipo, envolvente, control y alcance. Si el proyecto cambia, la previsión energética también puede cambiar.

Después

Obtén el certificado posterior, registra el documento y conserva la trazabilidad entre proyecto, facturas, pagos y resultado certificado.

Fuentes de esta sección: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional quincuagésima (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Normas comunes de las deducciones por eficiencia energética (se abre en una pestaña nueva)

Carpeta fiscal

Pagos, bases máximas y plazos que pueden dejar la obra fuera

Una mejora energética acreditada todavía puede fallar por la forma de pago, las fechas o el cálculo de la base.

Los pagos admitidos deben dejar rastro bancario: tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en una cuenta de una entidad de crédito. El efectivo queda fuera. La factura y el justificante deben permitir relacionar proveedor, pagador, concepto e importe.

Las subvenciones concedidas o que deban descontarse según una resolución definitiva reducen el gasto que forma la base. Tampoco se puede aplicar dos veces el mismo gasto a las deducciones del 20% y del 40%, ni trasladarlo a esas modalidades cuando corresponde al régimen del 60%.

Para el 20% y el 40%, los pagos y obras deben realizarse hasta el 31 de diciembre de 2026 y el certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2027. En el 60%, los pagos pueden llegar hasta el 31 de diciembre de 2027 y el certificado posterior debe emitirse antes del 1 de enero de 2028.

No pagues en efectivo

Aunque exista factura, la ley excluye las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

Resta las ayudas

La base no puede incluir la parte cubierta por subvenciones que deban minorarla. Conserva resoluciones y justificantes de cobro.

Revisa el ejercicio fiscal

La deducción se practica cuando se expide el certificado posterior, no necesariamente cuando se firma el presupuesto o se paga la primera factura.

Fuentes de esta sección: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional quincuagésima (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Normas comunes de las deducciones por eficiencia energética (se abre en una pestaña nueva)

Antes de presentar

Cómo preparar el expediente sin convertir esta guía en asesoramiento fiscal

La página explica la estructura de la deducción. La aplicación a una declaración concreta depende del inmueble, las obras, la titularidad, los pagos y el resto de circunstancias fiscales.

Prepara una cronología con el certificado previo, contratos, inicio, facturas, transferencias, subvenciones, certificado posterior y registro. Si la vivienda estaba destinada al alquiler, comprueba además los requisitos y la fecha efectiva del arrendamiento.

Entrega esa carpeta a quien prepare la declaración y pide que identifique por escrito la modalidad utilizada, la base y el ejercicio. Si una cifra depende de una interpretación, es mejor detectarlo antes de presentar que después de un requerimiento.

Relaciona cada pago

Una tabla sencilla con factura, fecha, proveedor, concepto, importe, medio y justificante reduce errores cuando hay muchas partidas.

Marca lo subvencionado

Separa las cantidades cubiertas por ayudas y conserva la resolución que permite entender qué gasto fue financiado.

Vuelve a la fuente

Estas deducciones son temporales y han cambiado varias veces. Comprueba el BOE consolidado y la AEAT en la fecha de presentar.

Fuentes de esta sección: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional quincuagésima (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas (se abre en una pestaña nueva) · Agencia Tributaria: Normas comunes de las deducciones por eficiencia energética (se abre en una pestaña nueva)

Consultas frecuentes

Respuestas que no caben en un titular

Estas respuestas resumen las reglas generales. Revisa las fuentes y los documentos de tu caso antes de tomar una decisión fiscal, contractual o administrativa.

¿Puedo deducir una instalación de aerotermia sin certificado previo?

La deducción exige comparar la situación anterior y posterior mediante certificados energéticos. Si no existe un certificado previo válido dentro del límite temporal, no des por cumplido el requisito y consulta el caso antes de presentar.

¿Las placas solares entran siempre en la deducción del 40%?

No. Pueden contribuir a la mejora, pero el certificado debe demostrar una reducción mínima del 30% en energía primaria no renovable o una calificación A o B, además de cumplirse el resto de condiciones.

¿Se puede sumar la deducción a una subvención?

Puede haber compatibilidad, pero la subvención reduce el gasto que forma la base cuando así lo exigen las reglas. La resolución, las fechas y el tratamiento fiscal deben revisarse para el caso concreto.

¿Qué ocurre si pagué una parte en efectivo?

La normativa excluye los pagos en efectivo de estas deducciones. Conserva los justificantes bancarios de las cantidades pagadas por medios admitidos y pide revisión fiscal del expediente completo.

¿La deducción se aplica el año en que pagué la obra?

Se practica en el periodo impositivo en el que se expide el certificado energético posterior, dentro de los plazos legales. Los pagos también deben estar dentro de su periodo admitido.

Registro de fuentes

Documentos oficiales utilizados

Fuentes comprobadas el 2026-07-28. Las marcadas como cambiantes deben revisarse otra vez antes de presentar, firmar o calcular.

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